Incentivos para el consumidor
Incentivos fiscales renovables in situ
Sistemas de energía solar - Sistemas eólicos pequeños - Bombas de calor geotérmicas
Sistemas de energía solar
¿Cuáles son los incentivos fiscales para los sistemas de energía solar?
Las empresas son elegibles para los créditos fiscales para sistemas de calentamiento solar del agua y sistemas fotovoltaicos que cumplan con los requisitos y para determinados sistemas de iluminación solar. El equipo que califique utilizará energía solar para generar electricidad o para calentar, enfriar o proporcionar agua caliente a una estructura, o utilizará energía solar para iluminar el interior de un edificio mediante luz solar distribuida por fibra óptica (no son elegibles los sistemas de tubos y el calentamiento solar pasivo). Los créditos están disponibles para sistemas "puestos en uso" entre el 1.º de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2016.
Los propietarios de viviendas son elegibles para créditos fiscales para sistemas de calentamiento solar del agua y fotovoltaicos que cumplan con los requisitos. Los sistemas de calentamiento solar del agua producen agua caliente y los sistemas fotovoltaicos producen electricidad. Los créditos están disponibles para sistemas "puestos en uso" en cualquier vivienda, no necesariamente la residencia principal, entre el 1.º de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2016.
Nota: Esta es una guía básica para el crédito. Para conocer más detalles, vaya a www.seia.org y descargue la Guía de Incentivos Fiscales Federales para la Energía Solar o consulte las Preguntas frecuentes de SEIA acerca de la nueva legislación.
¿Quién es elegible para los incentivos fiscales?
Los créditos fiscales están dirigidos a empresas que instalan equipos de energía solar para su uso y a individuos que instalan sistemas que cumplen con los requisitos en viviendas utilizadas como residencias (a diferencia de otros incentivos para los consumidores, no es necesario que la vivienda sea la residencia primaria del contribuyente; son elegibles las propiedades alquiladas y las viviendas secundarias).
En el caso de edificios de apartamentos en cooperativa que sean propiedad de una corporación, SEIA establece que "si la corporación gasta dinero en la instalación de propiedad de energía solar que cumpla con los requisitos, cada accionista puede solicitar créditos fiscales por sistemas de energía solar para la residencia conforme a su parte del gasto".
En el caso de condominios, SEIA informa que, cuando la asociación de administración del condominio "gasta dinero en la instalación de propiedad de energía solar que cumple con los requisitos, cada miembro de la asociación puede solicitar los créditos fiscales por sistemas de energía solar para la residencia conforme a su parte del gasto", en la medida en que la asociación de administración califique como una asociación de propietarios de viviendas de acuerdo a la ley y que la mayoría de unidades del condominio sean utilizadas como vivienda.
¿Cómo funcionan los incentivos?
Los créditos fiscales son para el 30% del costo del sistema. Para los sistemas instalados antes del 1.º de enero de 2009, el crédito máximo para los individuos es de $2,000 para sistemas fotovoltaicos y de $2,000 para sistemas de calentamiento solar del agua. Los sistemas instalados después del 31 de diciembre de 2008 no están sujetos a un límite. Para cumplir con los requisitos, los sistemas residenciales deben satisfacer los siguientes criterios:
- Calentamiento solar del agua:
- El sistema debe estar certificado en cuanto a su rendimiento por la Corporación de Clasificación y Certificación Solar (Solar Rating Certification Corporation, SRCC) o por una entidad similar respaldada por el gobierno estatal en el que se encuentre el sistema. La SRCC es una organización establecida por la industria de la energía solar para evaluar y certificar equipos, de modo que los compradores tengan una evaluación independiente del rendimiento del sistema.
- Al menos la mitad de la energía utilizada por el sistema para calentar el agua debe ser energía solar. El crédito no está disponible para los gastos para piscinas o jacuzzis.
- Sistemas fotovoltaicos:
- El sistema debe proporcionar electricidad para la vivienda y debe cumplir con los requisitos vigentes de los códigos de electricidad y por incendio.
El Impuesto mínimo alternativo y el Crédito fiscal para energía solar para la residencia
De acuerdo con SEIA, la nueva legislación aprobada en octubre de 2008 "permite a los contribuyentes individuales utilizar el crédito para compensar la carga fiscal del AMT y para trasladar créditos que no fueron utilizados al año fiscal siguiente".
¿Qué debo hacer para cumplir con los requisitos para estos incentivos?
Con este fin, los contribuyentes deberán contar con pruebas sobre:
- el costo del sistema (incluida la mano de obra y la tubería o el cableado para conectar el sistema a la cañería o a los sistemas eléctricos de la vivienda),
- cuándo fue puesto en uso,
- si el sistema cumple con los criterios de calificación descritos anteriormente.
Los contribuyentes que instalan sistemas solares fotovoltaicos o de calentamiento solar del agua en su vivienda deben utilizar el Formulario 5695 de la propiedad residencial de energía eficiente. Los contribuyentes corporativos deben utilizar el Formulario 3468 de incentivos comerciales para energía solar (crédito para inversión).
¿Dónde puedo obtener más información sobre los productos que cumplen con los requisitos?
Entre las fuentes adecuadas de información acerca de estos sistemas, se incluyen:
- Centro de Energía Solar de Florida (Florida Solar Energy Center)
- Asociación de Industrias en Energía Solar (Solar Energy Industries Association, SEIA)
- FindSolar.com
Sistemas eólicos pequeños
¿Cuáles son los incentivos fiscales para los sistemas eólicos in situ?
El 3 de octubre de 2008, la Ley de Estabilización Económica de Emergencia de 2008, H.R. 1424, fue promulgada ley, e incluye un nuevo crédito fiscal de inversión federal que ayuda a los consumidores a comprar pequeñas turbinas eólicas para utilizar en su vivienda, granja o empresa. Los propietarios de sistemas eólicos pequeños con 100 kilovatios (kW) de capacidad o menos pueden recibir un crédito por el 30% del total del costo de instalación del sistema. El crédito estará disponible para equipos instalados hasta el 31 de diciembre de 2016. Esta legislación marca el primer incentivo federal para sistemas eólicos pequeños desde 1985. El incentivo se amplió a través de la Ley Impositiva de Recuperación y Reinversión de Estados Unidos de 2009, que eliminó el límite financiero presente en la legislación del año 2008.
¿Quién es elegible para los incentivos fiscales?
Son elegibles para el incentivo los propietarios de viviendas, los granjeros y las empresas que instalen turbinas eólicas cuya capacidad no sea de más de 100 kilovatios (según la placa de características).
¿Qué debo hacer para cumplir con los requisitos para estos incentivos?
Con este fin, los contribuyentes deberán contar con pruebas sobre:
- el costo del sistema,
- cuándo fue puesto en uso,
- si el sistema cumple con los criterios de calificación descritos anteriormente.
Los contribuyentes que instalen sistemas eólicos in situ deben utilizar el Formulario 5695 de propiedad residencial de eficiencia energética de la IRS. Los comercios deben utilizar el Formulario 3468 para propiedad con sistema pequeño de energía eólica.
Para obtener más información acerca de sistemas eólicos pequeños in situ:
Bombas de calor geotérmicas
¿Cuáles son los incentivos fiscales para las bombas de calor geotérmicas?
Como parte de la Ley de Estabilización Económica de Emergencia de 2008, se agregó un incentivo para la propiedad con bomba de calor geotérmica. Este incentivo está disponible para los comercios desde el 3 de octubre de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2016, y para las instalaciones residenciales, para unidades puestas en uso a partir del 1.º de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2016. La propiedad con bomba de calor geotérmica que cumple con los requisitos se refiere a cualquier equipo que utilice el suelo o agua subterránea como una fuente de energía térmica para calentar la residencia del contribuyente o como un disipador de energía térmica para enfriar la residencia. La unidad debe cumplir con los requisitos del programa de Energy Star*, que entran en vigencia al momento de comprar la bomba de calor.
El incentivo residencial cubre el 30% de los gastos en el año que se toma el incentivo, hasta un límite de $2,000 si la propiedad se instala antes del 1.º de enero de 2009. La propiedad con bomba de calor geotérmica que cumple con los requisitos, instalada después del 31 de diciembre de 2008, es elegible por el 30% del costo de instalación sin un límite, como se establece en la Ley Impositiva de Recuperación y Reinversión de Estados Unidos de 2009 (ARRA).
Existen dos opciones para el incentivo comercial. Hasta el año 2016 está disponible un crédito fiscal de inversión del 10% del costo de instalación. La legislación ARRA también brinda la opción de recibir una subvención en lugar del crédito, con un valor del 10% de los costos de instalación para el equipo puesto en uso durante 2009 y 2010.
¿Qué debo hacer para cumplir con los requisitos para estos incentivos?
Con este fin, los contribuyentes deberán contar con pruebas sobre:
- el costo del sistema,
- cuándo fue puesto en uso,
- si el sistema cumple con los criterios de calificación descritos anteriormente.
Los contribuyentes que instalen sistemas de bombas de calor geotérmicas en su residencia deben utilizar el Formulario 5695 de la IRS para el incentivo de propiedad residencial de eficiencia energética. Las empresas deben utilizar el Formulario 3468 para sistemas de bombas de calor geotérmicas.
Para obtener más información acerca de los sistemas de bombas de calor geotérmicas:
* En la actualidad, los criterios para las bombas de calor geotérmicas de Energy Star son: para un sistema de circuito cerrado, 14.1 de relación de eficiencia energética (Energy Efficiency Ratio, EER) y un coeficiente de rendimiento (coefficient of performance, COP) de 3.3 como mínimo. Para un sistema de circuito abierto, 16.2 de EER y 3.6 de COP. Para un sistema de expansión directa, 15 de EER y 3.5 de COP. Además, las bombas de calor geotérmicas deben incluir un desobrecalentador, que ayuda a calentar el agua, o un sistema de calentamiento de agua integrado.
